Fertilizantes en Quequén - Necochea: la búsqueda de la verdad

Una millonaria inversión hará Repsol-YPF en Quequén

Este título apareció hace unos días en nuestro diario local (Ecos Diarios). Se trata de un proyecto de una planta de distribución de fertilizantes que se presumen altamente tóxicos.
Les solicitamos cualquier tipo de información, asesoramiento y acompañamiento posterior, para la movida de resistencia y concientización que entendemos necesaria.
Por lo pronto estamos publicando toda la info recibida en el siguiente sitio: http://medionecochealosabe.blogspot.com
por mail a:
alfredobarros@uol.com.ar

Un abrazo militante y solidario
Alfredo Barros
02262-15-40-6626


Fuente: Ecos diarios , 25/01/05
Quequén: Repsol-YPF hará una millonaria inversión

Construirá una distribuidora de fertilizantes junto a la estación ferroviaria
Dos millones de dólares para el emprendimiento
Lo anunció el subsecretario de la Producción
Reactivación del ferrocarril

La empresa Repsol-YPF invertirá dos millones de dólares en Quequén para la construcción de una distribuidora de fertilizantes, la cual se transformará en una fuente laboral para una veintena de personas, en tanto que otro centenar se beneficiará en forma indirecta.
El emprendimiento, a su vez, contribuirá a la reactivación del ramal ferroviario, dado que se tiene contemplado el transporte de la mercadería mediante los vagones de carga.
El anuncio fue formulado por el subsecretario de la Producción, licenciado Martín Issin, quien informó que la operadora local de Repsol-YPF será la empresa Raiser S.A., la cual llegó a un acuerdo con Ferrosur Roca para la utilización del terreno de 557 y 584, próximo a la estación ferroviaria quequenense.
El funcionario fue el que estableció el primer contacto con la firma Raiser el año pasado, cuando llevó adelante una serie de gestiones a los efectos de interesar a potenciales inversores en el Complejo Casino, previo al llamado a licitación nacional e internacional.
Así fue como en diciembre pasado estuvo en Necochea el vicepresidente de la compañía, Osvaldo Sala, observando las condiciones que ofrecía el lugar.
El expediente fue iniciado en los primeros días del corriente mes y la Dirección de Medio Ambiente se expidió en forma favorable con respecto a la solicitud de factibilidad en cuanto a la zonificación.

El proyecto
De acuerdo con lo manifestado por Issin, el proyecto de obra prevée dos etapas. La primera de ellas estará concluida en septiembre próximo, mientras que la restante finalizaría hacia fines de año.
El objetivo de la empresa es construir dos celdas de carga y descarga de unos 130 metros por 50 metros, en forma paralela al ramal ferroviario.
Los primeros trabajos de amojonamiento del terreno ya están en marcha, así como también fue contratado un especialista para la realización del estudio de impacto ambiental.
Además, para el próximo jueves se espera el arribo de directivos de la compañía para volver a reunirse con funcionarios municipales, dado que se pretende fijar por dónde circularán los camiones con el fertilizante, por cuanto no está permitido que lo hagan por la avenida Lobería de Quequén.
Issin comentó que es posible que lo hagan por algún camino alternativo que desemboque en forma directa en la Avenida de Circunvalación.
Al margen de la creación de una fuente laboral para 20 personas de modo directo y para otro centenar de manera indirecta, el funcionario manifestó que otra de las prioridades de la actual administración municipal podrá cumplirse, ya que se reactivaría el deteriorado ramal ferroviario que actualmente impide que lleguen los trenes de pasajeros.
"El eje de la estrategia de Repsol-YPF en el mercado es la utilización del transporte ferroviario, porque es más económico su flete, así que aguardamos que las vías puedan ser mejoradas y esto contribuya a una optimización del servicio de cargas y de pasajeros", comentó el subsecretario de la Producción.



Fuente: Ecos diarios, 28/01/05
Piden que no se instale la distribuidora de fertilizantes

Una ingeniera agrónoma afirma que estos productos son "de alta peligrosidad"
Rosa Sarries afirmó que la planta se estaría construyendo en una zona "donde está totalmente prohibido"
Liberaría productos tóxicos

A través de una nota presentada en la Municipalidad de Necochea, la ingeniera agrónoma Rosa Elena Sarries, pidió que "se tomen las medidas conducentes a desactivar el proyecto" de creación de una planta distribuidora de fertilizantes en la zona lindante a la estación ferroviaria de Quequén, por considerar que la misma "constituye un atentado a la vida y los bienes de los vecinos del lugar".
En el expediente 879/05, la ingeniera pide una copia del expediente Nº 397/05, por el cual el Ejecutivo autorizó la construcción de dicha planta.

Alta peligrosidad
En diálogo con Ecos Diarios, Sarries sostuvo que "la planta se estaría haciendo en una zona urbana recidencial y zona de uso específico como Estación de Ferrocarril, donde este tipo de emprendimientos están totalmente prohibidos", para luego aclarar que "está prohibida toda manipulación de este tipo de producto que es de clase tres: quiere decir de alta peligrosidad".
La ingeniera también solicitó una copia del estudio de impacto ambiental realizado para el proyecto en cuestión, ya que expresó que "en el caso particular de estos fertilizantes, van a liberar al aire un millón de kilos de productos tóxicos como fosfato y nitratos, altamente cancerígenos, que se van a depositar no solamente en los terrenos aledaños, sino sobre la población, que va a sufrir en forma gravísima ese impacto".
"Ese millón de kilos en el medio ambiente será llevado a todas partes por el viento y se va a depositar en el suelo, esterilizar todo lo que haya sobre el mismo y va a pasar a las napas, cuya agua consumimos todos", completó.

Terrorismo de Estado
Según comentó Sarries, la copia del expediente no le fue entregado ya que le afirmaron que el mismo "era secreto" y "sólo tenían acceso la empresa y el municipio".
"Para mí -sostuvo Sarries- esto esto es muy grave porque el Ejecutivo y la Dirección de Medio Ambiente, que son quienes deben proteger la vida de los ciudadanos, la están violando".
Sarries añadió que "ninguno de los funcionarios del Ejecutivo puede desconocer la gravedad y la violación a las normas que ellos están llevando adelante" y expresó que "la Dirección de Medio Ambiente ha autorizado este emprendimiento en un lugar donde no está permitido".
"Todo este expediente se ha puesto en marcha en 20 días y ya hay gente en la Estación de Ferrocarril trabajando para comenzar a construír el emprendimiento. Se ha hecho de noche, lo que de día se blanquea con notas que engañan a la comunidad, bajo el título alentador de una inversión millonaria en Quequén", concluyó.


Fuente: Ecos diarios, 29/01/05
Fertilizantes: la Provincia decidirá si habilita la planta

Issin descalificó la denuncia realizada por una vecina de Quequén
Dijo que son "infundadas" las acusaciones de la ingeniera Sarries
La autorización del municipio
El trámite

El subsecretario de la Producción de la Municipalidad de Necochea, licenciado Martín Issin, afirmó que la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires será la que decida si se habilita la planta de distribución de fertilizantes que proyecta instalar Repsol-YPF en Quequén, al tiempo que calificó como "infundadas" las denuncias públicas formuladas por la ingeniera Rosa Elena Sarries.
El funcionario señaló que durante el transcurso de la semana próxima se conocerá el resultado del estudio de impacto ambiental, el cual será determinante para la definición del proyecto, para subrayar que, en caso de recibir la autorización provincial, la comuna posteriormente concederá la habilitación municipal.
"Una vez que se reúnan todos los requisitos exigidos por la Provincia, recién allí se otorgará la habilitación local", expresó Issin, quien detalló que otros organismos bonaerenses intervienen en este tema, como es el caso de la Autoridad del Agua.
Manifestó que desde la comuna "se atendió la inquietud de inversión" de unos dos millones de dólares, planteada por Repsol-YPF a través de la empresa Raiser, para construir una distribuidora de fertilizantes en 557 y 584, un predio de Ferrosur Roca, próximo al ramal de cargas en la estación ferroviaria.
La ingeniera Sarries, cuyo domicilio se encuentra en las inmediaciones, reclamó que se desactive el proyecto por entender que "constituye un atentado a la vida y a los bienes de los vecinos del lugar".

"No es secreto"
Issin aclaró que la profesional "tuvo en sus manos el expediente", enfatizando que "fue atendida en la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente", para consignar que "esto demuestra que no es algo secreto, sino todo lo contrario".
También puntualizó que son erróneos los conceptos vertidos por la ingeniera Sarries, en el sentido de que se atentará contra la salubridad, indicando que "no es cierto que se acopiarán herbicidas, ya que se manejarán fertilizantes, algo que manipulan muchas plantas de acopio de Quequén".
Además, el titular del área de la Producción aclaró que el emprendimiento "está en zona" (es la EU 13), por lo que la Municipalidad no podrá negar su habilitación si la Provincia otorga la autorización respectiva.
Por otra parte, el vicepresidente de Raiser S.A., Osvaldo Sala, estuvo en la comuna días pasados, donde mantuvo un encuentro con Issin y con los secretarios de Obras y Servicios Públicos, ingeniero Roberto Taurian, y de Planeamiento y Medio Ambiente, arquitecto Martín Sarasíbar.
En la oportunidad, se dialogó sobre el circuito que tomarán los camiones con el material, asegurándose que será interno el recorrido de los transportes, en tanto que se anticipó la posibilidad de que sean pavimentadas cuatro cuadras de la calle 584 para desembocar en la Avenida de Circunvalación.
A su vez, es factible que se coloquen semáforos en el cruce de esa arteria con la avenida Lobería.
"Se están analizando todas las variables posibles para que el tránsito de camiones no produzca trastornos en la zona", explicó el funcionario.
El objetivo de la empresa Raiser es el de construir dos celdas de carga y descarga de fertilizantes en forma paralela al ramal de cargas, contemplando la finalización de la primera etapa en septiembre venidero, en tanto que la restante estaría concluida hacia fines del corriente año.


Fuente: Ecos diarios, 6/02/05
La Cámara portuaria apoya la inversión en fertilizantes

Destacó que se trata de una buena noticia para la estación marítima
Exhortó para que prime el "sentido común"
Descalificó los ataques al emprendimiento
Postura de la entidad local

La Cámara de Actividades Portuarias y Marítimas de Necochea y Quequén hizo público su respaldo a la habilitación de una planta de distribución de fertilizantes que realizaría Repsol-YPF, en un terreno lindero a la estación ferroviaria quequenense.
La entidad que preside Bartolomé Zubillaga exhortó para que "prime el sentido común, más que la búsqueda de un protagonismo cuyos intereses no son claros", subrayando que el emprendimiento "traerá más y mejor trabajo a nuestra ciudad".
Sostuvo que la inversión "se basa en algo que ya existe en varios lugares sin que haya problemas", para advertir que la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires será la responsable de determinar la factibilidad, y de su resultado dependerá la habilitación por parte del municipio.
La institución portuaria consideró que "se trata de una buena noticia para un puerto que comúnmente no es destinatario de inversiones de envergadura, todo lo contrario", interpretándose que "ha sido marginado en beneficio de otras estaciones marítimas, provocando una disminución en el volumen operado, lo cual a su vez condiciona seriamente no sólo su desarrollo, sino también el de la comunidad de la cual se nutre".
"Nuestro puerto -se añadió en un comunicado-, por su ubicación estratégica fue elegido antaño como destino de la mayoría de las importaciones de fertilizante de nuestro país, llegando a catalogarse como la capital del fertilizante, pero ese sitial se fue perdiendo y actualmente es uno más dentro de la operatoria de estos productos".

Efecto multiplicador
En otro tramo de la nota, la Cámara de Actividades Portuarias consignó que "la inversión prevista no sólo abre una posibilidad a más de una veintena de trabajadores, sino que tendrá un efecto multiplicador más que importante que se verá reflejado en el movimiento de buques, jornales a estibadores, más fletes, etc."
"Será un ejemplo concreto de la demostración práctica del efecto de una inversión de riesgo", se afirmó.
Se consideró que, como sucediera en "otras tantas oportunidades", han surgido manifestaciones contrarias "que con escaso basamento profesional tratan de boicotear el proyecto, haciendo abuso del normal desconocimiento que la comunidad tiene de aspectos específicos, por la única causa de no ser parte necesaria de su cotidianeidad".
Sin embargo, se aclaró que "coincidimos totalmente que ninguna comunidad debe cambiar su calidad de vida por puestos de trabajo, como también sostenemos que toda comunidad que propenda a su desarrollo debe actuar con madurez a riesgo de que su infundada inflexibilidad la margine por completo".
Asimismo, se dijo que se desconoce el proyecto, porque quienes lo atacan se refieren al emprendimiento como si se tratara de una fábrica de fertilizantes "planteando analogías", desconociendo la composición del producto y la existencia de este tipo de plantas en numerosas localidades de la Provincia de Buenos Aires "sin que se hayan registrado los escenarios apocalípticos que describen".





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Petitorio de los vecinos de Quequén

PLANTA DE FERTILIZANTES EN QUEQUÉN

Los vecinos firmantes solicitan en virtud de la instalación de una Planta de Fertilizantes en la Estación Quequén, que no sea instalada, por el DAÑO IRREPARABLE QUE PREDUCIRÄ SOBRE NUESTRAS CASAS Y SOBRE NUESTRAS PERSONAS, por su ALTO PODER CANCERÏGENO, y el daño a las napas de agua que beben nuestro hijos.

Su vecindad con el Jardín de Infantes Fátima, la Escuela 40 y el hospital, por estar en plena zona urbana lo hacen más peligroso aún.

No queremos nuestra familias fumen fertilizante y enfermen de CANCER.

Por eso solicitamos:
1) No cambiar el carácter de urbano en la zonificación
2) Instalar la planta en un lado donde no dañe nuestra SALUD y NUESTRAS CASAS Read More......

Antecedentes: Repsol-YPF acusada de contaminación

Fuente: Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES) E-mail: cesr@accessinter.net , enero del 2000.

YPF también contamina las napas de agua que utilizan las comunidades mapuche de Loma de la Lata en Neuquén.
El caso fue presentando ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Esta grave situación fue denunciada por el Centro de Derechos Económicos y Sociales con sede en Quito, Ecuador, que acaba de publicar un Calendario para el año 2000 donde se denuncian los atropellos cometidos por empresas petroleras de todo el mundo.

El Centro indica que la negligente explotación conducida por YPF en Loma de la Lata, una región del Neuquén en Argentina habitada por las comunidades mapuches Paynemil y Kaxtripaiñ, provocó la grave contaminación de sus aguas subterráneas.

Loma de la Lata es el yacimiento de gas más importante de Argentina.La presencia de hidrocarburos en el agua de bebida recién fue advertida por los pobladores en 1996. Lamentablemente “las autoridades provinciales demoraron en efectuar los análisis de orina y sangre necesarios para determinar la presencia de metales pesados en los habitantes”. Sus resultados fueron tan alarmantes, especialmente en niños, que los responsables decidieron no entregarlos a las comunidades.

Afortunadamente los medios de comunicación social sí los difundieron, permitiendo la oportuna intervención de la Defensoría de Menores. Este organismo presentó una acción de amparo para que las autoridades de la provincia brindaran agua potable, indispensable para la vida de los niños, garantizaran el tratamiento para la recuperación de los afectados y ejercieran funciones de control más efectivas. Aunque la sentencia fue favorable, el poder ejecutivo no cumplió.

De allí que se presentara el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde se encuentra radicado. Las actuaciones pueden consultarse en la Comisión, donde este planteo, caratulado “Menores de la Comunidad Paynemil de Argentina”, tiene el número 12.010.



Fuentes: FUNAM (Córdoba); El Día y Hoy (La Plata), febrero del 2000.

En lo que va del 2000, YPF ya tuvo al menos 2 escapes de gases tóxicos en La Plata.

Los vecinos de Berisso, El Dique, Ensenada y General Mosconi exigen soluciones urgentes a este viejo problema.
La municipalidad de La Plata demandaría a Repsol-YPF.
FUNAM calificó de "irresponsable" el accionar de la empresa YPF en Berisso.


El biólogo Raul Montenegro, presidente de FUNAM, solicitó al gobierno de la provincia de Buenos Aires y a la propia comuna de Berisso que aumenten la presión sobre esa empresa "porque está en juego la salud de cientos de personas".

La siguiente es una cronología de la irresponsabilidad:
7 de enero.
Vecinos de El Dique, barrio Norte y paseo del Bosque en La Plata denunciaron que el catalítico YPF expulsó una densa nube de color negro a la atmósfera. La empresa reconoció que existió un desajuste en el sistema de control que provocó una descarga de gases de venteo. Los vecinos denunciaron que "por momentos, el aire era irrespirable".

11 de enero.
Los vecinos detectaron otra nube de gas renegrido pero esta vez sus efectos llegaron hasta el área de Plaza Moreno tras atravesar casi la mitad de la ciudad de La Plata. Si bien la Secretaría tomó muestras que contenían compuestos azufrados en bajas concentraciones, no pudo identificar el origen de la emanación tóxica. Los voceros de YPF sostuvieron que "no se detectaron fallas que pudieran justificar esa presencia" reconociendo sin embargo que esa falla “existió”.

20 de enero.
Una vez más los vecinos de Berisso, El Dique y barrio General Mosconi padecieron olores nauseabundos durante todo el día. Aseguraron que las emanaciones procedían del catalítico operado por la compañía Repsol-YPF. Cabe señalar que la Municipalidad de La Plata analiza la posibilidad de demandar al poderoso grupo petrolero por daños continuos al ambiente y la salud de los vecinos. Esta demanda se concretará si logra comprobarse que los compuestos de azufre detectados en el ambiente el 7 de enero proceden de Repsol-YPF. Cabe recordar que durante 1999 se recibieron numerosas denuncias de escapes gaseosos acompañados de fuertes ruidos en la destilería. Con posterioridad a una de esas descargas, ocurrida en agosto de ese año, la Secretaría de Política Ambiental de la provincia ordenó la clausura de uno de los sectores con fallas de YPF, la de mayor producción de combustibles. Esta inhabilitación, que se prolongó durante algo más de un mes, fue una medida que no tiene precedentes en la región.

Pero el grave problema planteado por Repsol-YPF aún no está solucionado, ya que las emanaciones tóxicas continúan. Read More......

Antecedentes: qué pasa en Bahía Blanca

Fuente: http://www.bloggers.com.ar/bloggers/novedades1/2490.shtml(fragmento)
Profertil: Repsol-YPF y Agrium Canadá en Bahía Blanca

Casos: Gestión sobre tierra fértil
La productora de fertilizantes Profertil posee una planta en Bahía Blanca donde sus accionistas, YPF-Repsol y la canadiense Agrium invirtieron US$ 700 millones. Allí se producen alrededor de 1,1 millón de toneladas de urea y alrededor de 87.000 toneladas anuales de amoniaco excedente. Para automatizar el departamento, invirtió unos US$ 400.000 en la implementación de sistemas informáticos.

Elaboran productos tan seductores como Urea Granulada , Fosfato Diamónico o Fosfato Monoamónico (MAP), pero, más allá de nombres, colores o hasta sabores, Profertil es una empresa cuyo negocio tiene mucho que ver con el foco productivo de la economía local. Es que, como se deduce de su originalísimo nombre, se dedica a la producción de fertilizantes. Su planta de Bahía Blanca, considerada la más grande del mundo, tiene 64 hectáreas y emplea, sólo en el área de mantenimiento, alrededor de 130 personas.

La planta de Profertil está ubicada en Bahía Blanca, donde sus accionistas, YPF-Repsol y la canadiense Agrium invirtieron US$ 700 millones. Allí se producen alrededor de 1,1 millón de toneladas de urea y alrededor de 87.000 toneladas anuales de amoniaco excedente.


Fuente: www.reflexiones.uns.edu.ar/ Reflexiones3/Aguaconalgas.html (fragmento)
Año I - Número 3. Marzo de 2001

Agua con algas y el desequilibrio del consumidor
Lic. Rodolfo Romanelli - Dpto. Economía - UNS

Durante los meses de julio y agosto de 1999 y, en abril y mayo de 2000, la ciudad de Bahía Blanca sufrió un serio problema en la calidad del agua corriente de red. Estos hechos generaron un malestar generalizado por parte de los consumidores y serias divergencias entre las autoridades locales, provinciales, la empresa prestataria del servicio y el organismo regulador, en la forma de resolver y o compensar esta clara pérdida de bienestar.

El trabajo fuente de esta nota ha tenido por objeto realizar una interpretación del problema haciendo uso del análisis económico conocido como equilibrio del consumidor, y establecer un criterio para enfrentar el desequilibrio en el bienestar, que sirva de guía para las autoridades competentes, empresa prestataria y consumidores. La aplicación del mismo puede extenderse a otros casos similares que surjan en el futuro y con otros servicios públicos monopolizados.

Situación
La contaminación con algas en el Dique fue manifestándose en diferentes momentos, atribuyéndose a causas tales como: climáticas, tanto sequías como abundancia de aguas, que dan lugar a la aparición de diferentes tipos de algas; y la contaminación de los arroyos afluentes al embalse por el uso de fertilizantes en la actividad agrícola, que terminan nutriendo a las algas. Estudios y seguimientos permanentes de la dinámica del dique y de estos vegetales no se han realizado, habiéndose recabado muestras y análisis puntuales en diferentes momentos y de acuerdo a los problemas que iban apareciendo. La presencia de algas produce inconvenientes en el filtrado y producción de agua potable, lo que genera que el agua pierda sus cualidades de aptitud para el consumo directo humano, al excederse los límites de turbidez, olor y sabor.

Durante los meses de julio y agosto de 1999, la turbidez del agua alcanzó niveles muy altos perdiendo totalmente su carácter incoloro, mientras que en la reciente crisis de abril y mayo, el olor, muy similar al "gamexane", un gusto fuerte y en menor medida la turbidez, la hicieron no bebible.

Esta acumulación de antecedentes y la gravedad de la situación produjeron una desconfianza generalizada y rechazo por parte de los consumidores cuyo bienestar se vio claramente afectado, debiendo apelar a sustitutos de diverso tipo como: pozos surgentes que fueron "activados" por los propios usuarios en algunos casos y autorizados en otros, centros de distribución de agua, y agua envasada. La imagen de colas con recipientes registradas por los medios de comunicación fue por demás elocuente. Read More......

Boletín Fundación Ecosur

Junio del 2004 Número 017

Dia Mundial del Medio Ambiente : 5 de Junio

Los seres humanos nos dimos la ocasión, en tanto especie humana, no sólo como países, de afrontar la responsabilidad con el planeta y con la propia sobrevivencia. Y de convenir universalmente en que dos crisis globales comprometen las funciones más esenciales (alimentarse, abrigarse, alumbrarse, movilizarse): la de la biodiversidad y la de efecto invernadero.
• La biodiversidad no sólo de los animales, sino la diversidad genética de los vegetales y de los microorganismos, guardada en plantas silvestres y cultivos tradicionales, que es natural y por lo tanto "gratuita", cuando la selección de genes , la investigación científica y farmacológica sobre ellos debe sujetarse a "patentes" (el debate de la OMC sobre propiedad intelectual).
• La desregulación de los climas por el efecto invernadero ( principalmente la acumulación de gas carbónico producido por la combustión de fósiles -carbón , petróleo y gas - que se arroja a la atmósfera y permanece por más de un siglo) causado por la actividad productiva, que maximiza la renta como bien privado y deja fuera de cálculo y para el colectivo común, los costos de la extracción y del tipo de energía y de las técnicas que utiliza.
Las crisis ecológicas globales afectan a todos los puntos del planeta, no sólo a la sociedad que las origina.
Pero las sociedades del sur van a ser las más golpeadas, sumando a la multitud de crisis locales...y más inmediatas y urgentes que las que se acercan a mitad de éste siglo!
Los países menos avanzados, no tenemos posibilidades de reducir emisiones de CO2, son los países donde se producen las causas, los que deben actuar.

Pero no es cierto que nada podamos hacer:
• elegir el tipo de producción de energía
• decidir en conjunto con países vecinos su mejor aprovechamiento.
• no dejarnos seducir y convencer por procesos de desarrollo más dañinos y peligrosos.
• frenar el avance del monocultivo.
Las posibilidades de desarrollo de nuestro país, así como el modo de desarrollo futuro del planeta, dependen del ambiente y del estado en el que lo podamos preservar.

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Contaminantes

Desde mediados del siglo pasado se viene estudiando las caracteristicas de varios productos químicos contaminantes: los Contaminantes Orgánicos Persistentes - COP - Son persistentes porque resisten la degradación, se bioacumulan en los tejidos grasos de los organismos y se magnifican al ir subiendo en la cadena alimentaria.
Los problemas que provocan, motivaron su prohibición en varios paises, y las Naciones Unidas (a través del PNUMA) llamó a establecer un convenio sobre doce contaminantes prioritarios (la "docena sucia")
Así, se celebró en mayo de 2001 la Convención de Estocolmo que, adoptando el principio de precaución (para proteger la salud humana y el medio ambiente), ofrece medidas para permitir restringir la producción y uso de plaguicidas y productos químicos industriales.
El 17 de mayo de este año, entró en vigencia la Convención de Estocolmo sobre COP´s, al llegar a aprobarse en cincuenta países.
Pero la Argentina no se encuentra entre ellos. Un proyecto del Diputado Nacional Fabián de Nuccio (del 4-06-02) proponía la ratificación de la Convención. Pero no fue tratado aún en ninguna de las Comisiones donde fue girado, por lo que el Diputado firmante pidió su reproducción (21-05-04) para insistir en su tratamiento.
Cuáles son :
• Plaguicidas organoclorados : DDT, aldrín, dieldrín, endrín, clordano, heptacloro, toxafeno y mirex.
• Pruductos Industriales: los policlorobifenilos (PCB, usados como aceites de transmisión electrica) y el hexa clorobenceno (HCB) que también es plaguicida.
• Contaminantes que son de procesos termicos (que comprenden materia orgánica y cloro): dioxinas y furanos.
Por eso, los involucrados no son sólo las empresas de la industria química y las que usan plaguicidas, también ciertos procesos tecnológicos que utilizan diversas industrias (automotriz , textil, curtiembre, papelera, eléctricas) asi como está involucrada la gestión de deshechos , que debe impedir la incineración y favorecer la minimización y la separación.
Los COP´s, aunque se dispersan, no son demonios que andan sueltos, existen técnicas para uso y control y prácticas apropiadas para cuidar la salud y el ambiente.
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NOTA 1
El que ahorra, ¿siempre tiene?

Lamentablemente por estos días nos hemos habituado a leer o escuchar conceptos que hace unos años los ciudadanos comunes no se nos hubiera ocurrido pensar. Que en la Argentina de hoy tengamos que estar discutiendo sobre cómo ahorrar, raíz de la escasez, energía eléctrica o gas suena tan dramático como que nuestra Nación es gran productora de alimentos y nuestro pueblo sufre hambre llegando a los tristes índices de desnutrición.
Venimos bregando hace años ya, sobre la soberanía alimentaria y sobre la soberanía de nuestros recursos naturales. Quisiéramos detenernos sobre la segunda cuestión. En este sentido no cabe ejemplo más claro cuando se habla o escribe de sustentabilidad. Muchos se han floreado en sus discursos con la calificación de "sostenible", bueno, aquí con respecto a la planificación energética del país (como en otras cuestiones) han demostrado incapacidad, negligencia y el favorecimiento a las empresas privadas para negociar nuestros recursos.
Es sabido que nuestra matriz energética se apoya fundamentalmente en el uso de hidrocarburos que están incluso en manos de pocas empresas que monopolizan la producción y comercialización con un estado que no controla ni regula. En este marco corresponde repensar sobre dos cuestiones. Una, que más allá de esta crisis, los combustibles fósiles no son renovables y nos vamos acercando a su agotamiento. Pero por otro lado, cuando en el mundo se debate sobre el efecto invernadero y el consiguiente calentamiento paulatino de nuestra Tierra, no está en la agenda los sustitutos que podrían modificar esta realidad a mediano plazo garantizando la incorporación de energías renovables utilizadas en forma sostenible.
La respuesta a la crisis creando una empresa nacional de combustible fósil, la reactivación y ampliación de Yacyretá y la conclusión de la obra de Atucha II son más de lo mismo.
Si hablamos de crisis, esta es la demostración clara del fracaso de la política energética en nuestro país. Estamos frente a la oportunidad de poder decidir por nuevas opciones de cara al futuro. Nuestro territorio cuenta con una variedad de alternativas para la generación de energías limpias que NO incluyen la NUCLEAR.
En la Declaración del PAS (Programa Argentina Sustentable) "Del país fosilizado a la Argentina renovable" (ver sitio web) se menciona claramente sobre el abastecimiento con generadores eólicos, pequeñas centrales hidroeléctricas, la biomasa, biocombustibles, geotérmica, mareomotriz. Lo que no admitiremos son las grandes Represas y el desarrollo de nuevas Centrales Nucleares. Pero de ello nos ocuparemos en la siguiente nota.

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Este Boletín de difusión lo edita la Fundación Ecosur.
Si desea contactarnos, puede hacerlo al ...
TE : 4953 - 8043 ó CE : ecosur@fundacionecosur.org.ar
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Normativa ambiental y acciones frente a impactos y contaminantes

Taller conjunto de DEUCO, (Defensa de Usuarios y Consumidores) y ECOSUR (Ecologìa, Cultura y Educación)



CONTAMINACION AMBIENTAL.- PROBLEMATICAS SUBSISTENTES.

La presente guía pretende ser una agenda mínima para la participación en la problemática ambiental.
Contiene las principales leyes y resoluciones cuyo texto consultar, los organismos públicos a los que acudir y algunos criterios de procedimientos.
Nos parece conveniente agrupar los riesgos y los impactos ambientales, a partir las áreas de gestión publica y enunciar la normativa que rige, en cada campo de acción.


NORMAS GENERALES

Constitución Nacional: “Art. 41: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”

Constitución de la Prov. de Buenos Aires:

Art. 28º – Los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras... Toda persona física o jurídica cuya acción u omisión pueda degradar el ambiente está obligada a tomar todas las precauciones para evitarlo.

Art. 38º -- Defensa de los interese de consu-midores y usuarios.

Art. 43º -- Fomento a la investigación cien-tífica y su transferencia pública para la calidad de vida.

Art. 44º -- Preservación del patrimonio cul-tural.

§ Ley 12.355: Ley de Ministerios. La Secretaría de Política Ambiental, que en principio tenia rango de ministerio, es el organismo de aplicación de todas las leyes ambientales provinciales a excep-ción de la ley 5965 en lo relacionado a los efluentes líquidos industriales que es responsabilidad de La Autoridad del Agua.
§ Decreto 363/96: Establece las funciones de la Secretaría de Política Ambiental. Decreto 4732/96: Se establece a la Secretaría de Política Ambiental como autoridad de aplicación de las leyes 11.720 y 11.723.-


PROBLEMATICAS

1.- Urbanística: (condiciona a las demás)
Consiste en definir y controlar el desarrollo de las ciudades como responsabilidad del
Estado a través de:

§ Acciones públicas directas
§ Políticas públicas indirectas
§ Marcos normativos que regulen la acti-vidad pública y privada.

1.a.- Marco regulatorio:

1.a.a Leyes Nacionales:

§ Ley 25.675: “Ley General del Ambiente” Establece presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diver-sidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

1.a.b Leyes Provinciales:

§ Decreto Ley 8.912 de Ordenamiento y Usos del Suelo y decretos modifica-torios y reglamentarios: Decreto Ley 10.128, Ley 10.653, Ley 10.764, Decreto 3389/87, Decreto 1372, Decreto reglamentario 1549
§ Decreto Ley 10.081 “Código Rural”.
§ Decreto 968/97: establece el Informe de Impacto Ambiental para las etapas de la actividad minera y a la Autoridad Mine-ra Provincial como Autoridad de aplica-ción en coordinación con la Secretaría de Política Ambiental (SPA)
§ Ley 8.758 y Ley 8.837: normas para extracción de arena.
§ Ley 10.699: utilización de agroquí-micos.
§ Decreto 499/91. Reglamentario.
§ Ley 10.907 y modificada 12.459 y 12.905. Normas sobre la creación de Áreas Protegidas.
§ Ley 12.276: del arbolado público, llamada “ley del árbol”.

2.- De los Residuos: (la de visibilizaciòn más inmediata)

Categorías:

§ Residuos Sólidos Domiciliarios: reco-lección, tratamiento y disposición final.
§ Residuos Especiales: sustancias u objetos generados por actividad in-dustrial de las cuales su productor o generador se desprenda o tenga la obligación legal de hacerlo.
§ Residuos Patogénicos: desechos o ele-mentos materiales, en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso, que presentan características de toxicidad y/ o actividad biológica, generados en los hospitales, clínicas, así como también de la investigación y/ o producción comer-cial de elementos biológicos.
§ Residuos Radioactivos:

2.a.- Marco regulatorio:

2.a.a Leyes Nacionales:

§ Ley 24.804: De la Actividad Nuclear. El Estado Nacional fijará la política, funciones de la Comisión Nacional de Energía Atómica. La actividad nuclear que pueda ser organizada comercial-mente será desarrollada por el estado nacional como por el sector privado.
§ Ley 25018: Ley de residuos radiactivos: Crea el régimen de gestión y respon-sabilidad de los residuos radiactivos. La Comisión Nacional de Energía Atómica es la autoridad de aplicación.
§ Ley 24.051: Ley de generación, mani-pulación, transporte, tratamiento y disposición final de Residuos Peligr-osos. (La Provincia de Buenos Aires no adhiere a ésta Ley, pero su Ley 11.720 de Residuos Especiales remite a su arti-culado). Decreto Reglamentario 831/93.

2.a.b Leyes Provinciales:

§ Decreto. Ley 8782/77 y Decreto Ley 8.981/78 que aprueba la creación del Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado.
§ Ley 9.111/78: regula el método y sitio de disposición final de los residuos de cualquier clase y origen en los partidos que conforman el área metropolitana.
§ Decreto 95/95: Modifica el Art. 1º de Ley 9.111, incorporando el tratamiento de residuos peligrosos y definiendo el tipo de residuos a recepcionar.
§ Ley 11.347: Residuos Patogénicos:
§ Regula el tratamiento, manipuleo, trans-porte y disposición final de residuos patogénicos
§ Ley 11.720: Residuos Especiales
(ver en pto. 5.-De la Industria)

3.- Del Saneamiento:

Resolución del abastecimiento de agua potable para el consumo, y la eliminación de aguas servidas.
Puede ser provisto a través de servicios cen-tralizados (por gestión o bien control público) o servicios individuales.

3.a.- Marco Regulatorio:

3.a.a Leyes Nacionales:

Ley 25.688: Régimen de gestión Ambiental de Aguas (Presupuestos Mínimos) Establece la creación de Comités de Cuencas Hídricas.

§ Decreto 674/89: Reglamenta la Ley 13.577, de Organización de la Administración de Obras Sanitarias de la Nación. Modificado por el Decreto 776/92, que asigna a la (actual) Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la facultad de control de la contaminación hídrica y de la calidad de las aguas.
§ Decreto 999/92 aprueba el Reglamento Administrativo Regulatorio de los ser-vicios de agua de OSN a otorgarse en concesión. En él se dan valores permitidos/ tolerados de sustancias.

3.a.b. Leyes Provinciales:

§ Ley 5965: Ley de protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y de la atmósfera. Prohíbe cualquier tipo de descarga de efluentes. Delega el poder de policía a los Municipios.
§ Decretos reglamentarios 2009 / 68 y 3970 / 90
§ Ley 12.257: “Código de Aguas”. Establece el régimen de protección, conservación y manejo del recurso hídrico de la Prov. de Buenos Aires.
§ Ley 11.820: Marco regulatorio para la...... de servicios públicos de previsión de agua potable y desagües cloacales.
§ Decreto 4867/85: Sobre efluentes trans-portados por camiones atmosféricos.
§ Decreto 743/99 Crea ORAB.

4.- Del Transporte y del Tránsito:

Actividades derivadas de la necesidad de vincular con otras actividades, inmerso en el contexto de estrategias de ordenamiento urbano.

§ De personas y de carga
§ De diversas escalas
§ Medios colectivos y medios perso-nales
§ Medios guiados (sobre rieles) y no guiados
§ De índole pública (con o sin sentido establecido) y privada

4.a.- Marco Regulatorio:

4.a.a: Leyes Nacionales:

§ Ley 24.449: Régimen de uso de la vía pública con causa del tránsito.
§ Ley 24.653: “Régimen del Transporte Automotor de Cargas.
§ Decreto 105/98: Reglamentario de la ley 24.653.
§ Ley 24.051: Residuos peligrosos. Transporte interjurisdiccional.
§ Decreto 831/93: Reglamentario.


4..a.b. Leyes Provinciales:

§ Ley 11.430: Código de tránsito. Art. 28º, preservación del medio ambiente.
§ Decreto 2719/94: Reglamenta el Art. 28º

5.- De la Industria:

La industria ha sido la actividad más importante en el desarrollo socioeconómico de las regiones más densamente pobladas y, a la vez, la más degradante de sus recursos naturales (cosa no inherente a la actividad industrial “per se”, si no a su localización, tecnologías, y a la externalización de los costos ambientales).
Se entiende como proceso industrial al de transformar una materia prima en su forma, calidad o cantidad, para obtener otro producto. Existen algunas actividades consideradas como NO INDUSTRIALES (Res 344/98 de S.P.A.)
Los establecimientos industriales del territorio de la Provincia Buenos Aires deben ser clasificados en una de tres Categorías, de acuerdo con la índole del material que manipulen, elaboren o almacenen, a la calidad o cantidad de sus efluentes, al medio circundante y a las características de sus instalaciones.
Categorizar consiste en determinar el Nivel de Complejidad Ambiental, resultando de Tercera Categoría las más riesgosas para la salud de la población, de los trabajadores y del medio ambiente. El Municipio habilita las industrias de Primera categoría y la Secretaría de Política Ambiental las de Segunda y Tercera categoría. (Algunos municipios poseen Convenio de Delegación de Facultades de la S.P.A., pudiendo habilitar Segunda categoría)
Según el lugar de emplazamiento del emprendimiento industrial, cada municipio debe adecuar su código urbano o norma de usos del suelo, conforme a cinco categorías que admitirán sólo ciertos tipos de industrias; de modo que la definición política del tipo de industrias que se pretenden en cada una de las zonas, el dónde, lo define el Municipio, mientras la Aptitud Ambiental, el cómo, lo determina la autoridad ambiental.
La industria de la incineración: la incine-ración libera al ambiente componentes tóxicos. La tecnología de la incineración nunca puede destruir el 100 % de los residuos. La incineración de patogénicos (hospitalarios y crematorios), libera sustancias contaminantes, (dioxinas) producto de la combustión de componentes clorados. El correcto uso de tecnología adecuada, con suficiente oxígeno y nivel de temperatura, tren de lavado de los gases y disposición de cenizas garantizados, reducen los riesgos.
El marco regulatorio atinente es el correspondiente a Industria de 3° categoría y la legislación de residuos patogénicos.

5.a.- Marco Regulatorio:

5.a.a. Leyes Nacionales:

§ Ley 25.612: “ Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios”: Establece los presu-puestos mínimos de protección ambien-tal sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicios, sean derivados de procesos industriales o de actividades de servi-cios.
No existe ley nacional que prohíba la incineración; estos procesos deben con-siderarse dentro de la normativa de residuos patogénicos.
La Ciudad de Buenos Aires, como algunas localidades de la pcia. de Santa Fe, (una en Chubut; en Entre Ríos y en Córdoba), prohibieron la incineración de residuos hospitalarios, o la insta-lación de plantas incineradoras o la incineración de residuos en todas sus formas.

5.a.b. Leyes Provinciales:

§ Ley 11.459: Radicación Industrial:
Esta ley establece como obligación para todos los establecimientos industriales, de contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental (C.A.A.), para las correspondientes habilitaciones industriales.
§ Decreto 1741/96: reglamentaria de la ley 11.459.
§ Decretos 1712/97 y 3591/98, modificatorios de D. 1741/96.
§ Ley 5.965: protección a las fuentes de provisión y a los cursos receptores de agua y a la atmósfera (mencionada en pto. 3-del Saneamiento)
§ Decreto 3395/96: Resolución SPA 242/97: Efluentes Gaseosos:
Regula todo generador de emisiones gaseosas que vierta las mismas a la atmósfera y se encuentre ubicado en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
§ Ley 10.119: Crea el Régimen de Parques y Sectores Industriales planificados.
§ Ley 11.720: Residuos Especiales: Régimen de generación, transporte, tratamiento y disposición de residuos especiales. Responsabilidad del generador por todo daño producido por éstos.
§ Decreto 806/97: Reglamenta le Ley 11.720. Resoluciones complementarias de la SPA.
§ Ley 11.347: Residuos Patogénicos.: del tratamiento, manipuleo, transporte y disposición final de los residuos patogénicos.
§ Decreto 403/97: fiscalización de las actividades de tratamiento de patogénicos. Resolución 469/97 de SPA sobre su transporte.
§ Decreto 890 / 98 almacenamiento, clasificación y limpieza de granos: Regula todo lo concerniente a las plantas de acopio de cereales, y las clasifica como establecimientos no industriales, es decir no contemplados dentro de la Ley 11459 , por lo tanto de control del Municipio.
§ Decreto 4318 / 98: lavaderos industriales de ropa (no domiciliaria)
§ Decreto 159 / 96: ruidos molestos al vecindario. La Secretaría de Política Ambiental recomienda a los municipios a través de este decreto, la adopción de la Norma IRAM 4062 como método de medición y clasificación de ruidos molestos producidos por las actividades de los establecimientos industriales regidos por la ley 11459.
§ Res. SPA 221 / 97: disposición final de pilas usadas. Sugiere un método de inertización.
§ Res. SPA 231 / 96 regulación de aparatos sometidos a presión: Regula todo lo concerniente a aparatos y equipos industriales para contener gases licuados o disueltos.
§ Res. SPA 601/98: Transporte de residuos patogénicos.

La industria química desarrolló una gran cantidad de sustancias que se usan en los procesos de muy diversas actividades y en artefactos y aparatos. Varias de ésas sustancias demostraron efectos tóxicos, acumulativos y persistentes: son los contaminantes que integran la “docena sucia” que el Convenio de Estocolmo (mayo 2001) se propone eliminar totalmente . Entre ellos , los PCB´s , aceites refrigerantes de los transformadores del servicio eléctrico , cuya ley de Presupuestos mínimos es la Ley 25670; incluido en la ley 24051 de Residuos Peligrosos, normado su uso y manejo por Res 369/91 de Ministerio de Trabajo.
En la Pcia. , el Art. 26 de la Ley 11720, hace responsable al “generador” de los residuos de todo daño producido por éstos ; y un importante número de Resoluciones atinentes.
Otra fuente contaminante , los campos electromagnéticos, merece también una atención particular.

ORDENANZAS MUNICIPALES

En este caso cada municipio puede dictar sus propias normas sobre la temática ambiental siempre y cuando las mismas no contradigan las leyes provinciales y nacionales, pueden adherir a las mismas, complementarse, ò fijar condiciones de mayor exigencia inclusive, con multas y sanciones para quienes las infrinjan. Estas ordenanzas se estudian y aprueban en el Consejo Deliberante correspondiente al municipio en cuestión.


PROCEDIMIENTOS DE ACCIÓN

Somos parte de una creciente demanda social hacia la protección y cuidado del ambiente y de participación en la toma de decisiones sobre cuestiones que afectan la calidad de vida.
El carácter de la conflictividad ambiental es que es colectiva, es decir afecta en forma difusa, (ya sea de manera inmediata o acumulativa) a un sujeto no individualizado.
El tema de la legitimación amplia para realizar la denuncia se encuentra expresamente tanto en la Constitución Nacional, como en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Para realizar las denuncias correspondientes hay que tener en cuenta la jurisdicción, es decir: nacional, provincial o municipal.

Creemos importante no sujetarnos a esquemas clásicos o aprendidos, de acción o de protesta. Los mejores procesos son los que nos acercan con nuestros vecinos.

En este sentido podemos distinguir tres apoyos:

§ Justicia, denuncia: exigir el cumplimiento de las normas (leyes no faltan, hay en el país cerca de tres mil leyes ambientales)
§ Prensa, difusión: dar a conocer resol-tados, elegir los datos más significativos para la comunidad, los datos tienen que ser dimensionados, es decir, tienen número, medida, promedio o frecuencia.
§ Movilización, participación: realizar alianzas con distintas fuerzas sociales para emprender acciones, involucrar autoridades públicas logrando compro-misos concretos. Los problemas involu-cran a muchos actores, la acción con-tagia.

Una decisión:

Prohibir o Controlar, según el carácter del conflicto y los tiempos que podamos manejar.



LUGARES A LOS QUE SE PUEDE ACUDIR:

A) NIVEL NACIONAL:

Policía Federal Argentina: Departamento de Delitos Ambientales.
Denuncias: 4381-3110. Moreno 1407, Ciudad de Buenos Aires
División Docencia – Relaciones con la Comunidad: Auxiliar Superior Primera: Beatriz Vazquez: T.E.4384-0480 int. 129

Ministerio de Salud de la Nación: Programa de Prevención y Control de Intoxicaciones,
Dra. Susana I. García
Av. 9 de Julio 1925 – Piso 12 Oficina 40, Ciudad de Buenos Aires
T.E. 4379-9087/9060
Fax 4379-9086/9133
e-mail: detoxico@msal.gov.ar (contingencias,consultas,docencia)

Servicio Bacteriología Sanitaria: Instituto Malbrán
4303-1806/11. Av. Velez Sársfield 563, Capital Federal. Dra. Isabel Farace.
(consultas, análisis de muestras)

Autoridad Regulatoria Nuclear
SIER (Sistema de Intervención en Emergencia Radiológica) 6323-1343
(contingencias)

Defensoría del Pueblo de la Nación
Montevideo 1244 Ciudad de Buenos Aires
0810 333 3762 / 4819-1500
e-mail: defensor@defensor.gov.ar página web www.defensor.gov.ar (denuncias afectación del derecho al ambiente sano)

B) NIVEL PROVINCIAL:

Secretaría de Política Ambiental:
Denuncias: 0800-222-1362 o 0221 429-5519/5549
Emergencias: 0221 482-6358/6689.- 0221 15420-8990.
Calle 12 y 53, Torre II, piso 14, La Plata.

Laboratorio Central de Salud Pública
0221 427-7115
Calle 526 e/ 10 y 11 – La Plata.
(análisis de muestras)

O.R.A.B. Organismo Regulador de Aguas Bonaerense
T.E. 0221 427-8162 - 0800 666 2482
Calle 5 nro. 536/540 – La Plata.
(denuncias prestación del servicio)

Residuos Especiales
0221 429-5695
ó al Municipio afectado.

No dejaremos de mencionar buena predisposición a colaborar que ofrecen los Consejos profesionales: Colegios de Bioquímicos, Colegios de Arquitectos, Círculos de Ingenieros, como algunas instituciones académicas.

NIVEL MUNICIPAL:
Justicia de Faltas

En cada Municipio. Órgano designado por el Ejecutivo Comunal.
Normada por Decreto Ley 8.751 y Ley 10.269.

En los Juzgados de Paz de la Provincia en cada municipio, se pueden presentar denuncias en aplicación del Código de Faltas de la Provincia de Bs. Aires, reordenado por Decreto 8031/73 y Decreto 9321/79, que , si bien es antiguo , tiene artículos tales como el 74 : ruidos molestos o el 76: arrojar “cosas que puedan ensuciar, ofender o molestar , o provocar emanaciones o escapes de gas, vapor o humo”


¿Y POR QUÉ NO, A LA SABIDURÍA POPULAR Y A NUESTROS MAYORES?

· El olfato, el más primario de los sentidos, nos alerta cuando hay que sospechar.
· La falta de fauna silvestre, (pájaros, sapos) o la muerte de animales, evidencian la dispersión de químicos.
· Los sauces, álamos y eucaliptus, absorben excesos de agua y hacen barrera al polvo en suspensión.
· Las calas, achiras, lirios acuáticos y totoras, absorben metales pesados y purifican espejos y cursos de agua.
· El repollo colorado, su líquido de cocción, puede ser un reactivo para medir el PH del agua, con lo cual se denota la presencia de metales pesados. Read More......